La pregunta: ¿Se puede pasar de modalidad 10 a modalidad 40? Últimamente ha resonado mucho en las más de cientos de llamadas que recibimos diario y mensajes de WhatsApp para obtener asesoría gratuita y queremos escribir al respecto.

La respuesta es un rotundo “SÍ”

Y pon mucha atención, hay muchos “asesores expertos” que sin informarse correctamente están dando información completamente falsa.

El Instituto dispone de diversas Modalidades del IMSS que están diseñadas específicamente para cada grupo de personas, desde trabajadores del campo, estudiantes, trabajadores de gobierno, independientes, etc.

En este caso, estamos hablando de dos en específico, la Modalidad 10 IMSS y la Modalidad 40 IMSS, la cual puede haber una confusión tremenda en la finalidad de cada Modalidad.

En la Modalidad 10 IMSS lo que haces con esta opción es sustituir a un patrón con el registro del IMSS, por lo que es como su cotizaras con un Patrón y claramente estarás aportando al régimen obligatorio.

En la Modalidad 40 IMSS lo que haces es inscribirte de forma voluntaria a los seguros de Retiro, Cesantía en edad avanzada y vejez, así como los seguros de Invalidez y vida.

La Modalidad 40 IMSS te pide como requisito haber cotizado mínimo 52 semanas en el régimen obligatorio en un periodo de 52 semanas, por lo que sin problema alguno la Modalidad 10 IMSS te puede ayudar a lograrlo.

Te ayudamos con la inscipcion a la Modalidad 10 imss

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